I.2.- Auto de Vista
Jacinta Julia Caparicona
Fecha de ingreso: 12 de febrero de 2014
Fecha de retiro: 13 de octubre de 2014
Tiempo de Trabajo: 8 meses, 1 día
Salario base: Bs. 1.300,00
Nivelación Salarial: Bs. 140,00
Salario Promedio Indemnizable: Bs. 1.440,00
INDEMNIZACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
08 meses: Bs. 960,00
01 día: Bs. 4,00
Desahucio: Bs. 4.320,00
Aguinaldo: Bs. 964,00
Segundo Aguinaldo: Bs. 694,00
Salario devengado:Bs. 1,488,00
Nivelación salarial 8 meses, 1 día: Bs. 1.124,60
SUB TOTAL 1
Multa 30% D.S. 28699: Bs. 2.947,38
TOTAL A SER PAGADO:Bs.12.771,98
SON: DOCE MIL SETECIENTOIS SETENTA Y UNO 98/100 BOLIVIANOS.-
Los montos descritos, deben ser actualizados en UFVs., hasta el día anterior a la fecha en se realice el pago, conforme determina el art. 9-I del D.S. 2869 de 01 de mayo de 2006.
I.2.- Auto de Vista
Fecha de ingreso: 12 de febrero de 2014
Fecha de retiro: 13 de octubre de 2014
Tiempo de Trabajo: 8 meses, 1 día
Salario base: Bs. 1.300,00
Nivelación Salarial: Bs. 140,00
Salario Promedio Indemnizable: Bs. 1.440,00
INDEMNIZACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
08 meses: Bs. 960,00
01 día: Bs. 4,00
Desahucio: Bs. 4.320,00
Aguinaldo: Bs. 964,00
Segundo Aguinaldo: Bs. 694,00
Salario devengado:Bs. 1,488,00
Nivelación salarial 8 meses, 1 día: Bs. 1.124,60
SUB TOTAL 1
Multa 30% D.S. 28699: Bs. 2.947,38
TOTAL A SER PAGADO:Bs.12.771,98
SON: DOCE MIL SETECIENTOIS SETENTA Y UNO 98/100 BOLIVIANOS.-
Los montos descritos, deben ser actualizados en UFVs., hasta el día anterior a la fecha en se realice el pago, conforme determina el art. 9-I del D.S. 2869 de 01 de mayo de 2006.
I.2.- Auto de Vista
- Vistos: El recurso de casación en el fondo de fs
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juzgado Séptimo de trabajo y Seguridad Social del Tribunal
- I.2.- Auto de Vista
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 43/2019 de 13 de junio de
- Que, del referido Auto de Vista, Tatiana Roberta Mallo Camacho, interpuso recurso de casación en
- Luego de una relación acerca de las normas en las que se sustenta la procedencia
- Manifiesta que el contrato refleja el principio la realidad y veracidad de los hechos por
- Alega que la parte demandante no menciona disposición legal que ampara la nivelación salarial, solamente
- Petitorio II.1
- Pide Case el Auto de Vista Nº 43/2019 de 13 de junio de 2019, disponiendo
- III.- Fundamentos de la Contestación al Recurso
- Alega respecto al tiempo de servicios prestados, es preciso considerar que en materia laboral rigen
- Menciona que al momento de la presentación de la demanda manifestó respecto de la nivelación
- Respecto a la multa del 30 % que, al no haber la parte demandan cancelado
- Pide se rechace el auto el infundado recurso de casación interpuesto por la parte demandada
- III.2. Interpone Recurso de Casación en el Fondo de la Parte Demandante
- De conformidad con lo establecido en el art
- Al respecto señalar que el D
- Que, así expuestos los fundamentos de los recursos de casación de fojas 104 a 106
- Asimismo, la nulidad constituye una medida de última ratio, de tal modo que su aplicación
- Conforme se puede apreciar en el memorial de respuesta al recurso de casación de fs
- Consecuencia de ello, mediante Auto Nº 542/2019-A, de 30 de diciembre de 2019, esta Sala
- Conforme a las consideraciones expuestas en el párrafo que precede y tomando en cuenta que
- II.3. Conclusiones
- En consecuencia, conforme a lo establecido en el art
- Sin multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
