Auto Supremo AS/0108/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0108/2020

Fecha: 09-Mar-2020

En el caso presente, una vez más se debe afirmar que no es suficiente la

En el caso presente, una vez más se debe afirmar que no es suficiente la presencia de los contratos de fojas 378 a 386 para determinar la existencia de relación laboral, como también reiterar lo fundamentado en el punto II.1.2.5. en cuanto la apreciación y valoración de la prueba, es facultad privativa de los juzgadores de instancia; y que la revaloración de la prueba, solo es posible a partir del cumplimiento de lo dispuesto por la segunda parte del parágrafo I del artículo 271 del Código Procesal Civil, que en este caso no se produjo