Auto Supremo AS/0110/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0110/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Dentro el plazo previsto por ley, el representante de SABSA S

Dentro el plazo previsto por ley, el representante de SABSA S.A., por escrito de fs. 1089 a 1094 vta., interpuso recurso de casación en el fondo, acusando las siguientes infracciones:
I.3.1. Acusa que el auto de vista impugnado, en su fundamento establece que el tribunal sumariante quien determina en el auto de apertura PAI la responsabilidad disciplinaria del actor, extremo totalmente contradictorio ya que de la misma demanda se evidencia que: “…el 24 de abril de 2015, me inician el SUMARIO INTERNO N° 001/2015 por lo que el 20 de mayo de 2015 presente pruebas pertinentes…”, literales que demuestran que se cumplió con las reglas del debido proceso y el actor presento pruebas de descargo asumiendo su defensa, por lo que no existe ningún tipo de vulneración al debido proceso o alguna garantía constitucional peor vicio alguno.
I.3.2. Manifiesta que el Auto de Vista 196/2019, señalo que el reglamento interno de SABSA no cuenta con RM que declara la ratificación de adecuación conforme exige el art. 4.IV de la RM 611/2009, extremos que carecen de cualquier sustento toda vez que mediante la Resolución Ministerial N° 331/98 se aprueba el Reglamento de la empresa asimismo se hace referencia a la RM 611/2009 la cual se encuentra abrogada por la Resolución Ministerial MT 2015 576/15, elementos que demuestran que la apelación planteada no ha sido valorada objetivamente y de forma correcta