Auto Supremo AS/0110/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0110/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Otro aspecto que destaca también es el hecho que el recurso traído como de casación

Luego en el punto I.3.3. argumenta que el auto de vista impugnado “…advierte que el PAI instaurado en contra del Sr. Conrado Illanes Córdova se habría llevado a cabo sin resguardar el principio de taxatividad”, y que existiría una demanda penal contra el actor.
Lo que de todos modos sigue resultando deficiente en razón a que no considera que, en grado de casación, formalmente, el juicio resulta de puro derecho, de tal modo que la libre apreciación de la prueba que autoriza tal dispositivo legal tendrá lugar en tanto el tribunal de casación, como emergencia de la decisión en casación, resuelva el fondo de la causa. Más para tal propósito ha menester que en el recurso se acuse error de hecho o de derecho en la apreciación de la prueba y se acuse infracción legal del sustantivo que ampara el derecho subjetivo controvertido
Otro aspecto que destaca también es el hecho que el recurso traído como de casación no contiene un análisis en cuanto a la determinación del Auto de vista impugnado, de tal modo que no formula acusación especifica o concreta contra el tribunal de apelación, mucho menos acusa infracción legal alguna; es más, no cita ninguna sola norma, mucho menos acusa su vulneración