Auto Supremo AS/0124/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2020

Fecha: 09-Mar-2020

En tal antecedente, correspondiendo dilucidar si su condición se encuadra en la calidad de trabajador

Al respecto, el tribunal de alzada concluyó que el trabajador se enmarcó dentro de la calidad de los trabajadores de confianza, en mérito a la identificación del cargo y la relación para con los superiores, donde establecieron que el derecho a la estabilidad laboral no le corresponde bajo la afirmación que: “entre mi persona y la empresa demandada no se constituyó una relación laboral propiamente dicha sino tan solo el desempeño de un cargo de confianza”, apreciación esta que echa por tierra todos los fundamentos de la demanda y se encasilla al trabajador como una persona de confianza sin derecho alguno.
En tal antecedente, correspondiendo dilucidar si su condición se encuadra en la calidad de trabajador y si como emergencia de ello la actividad que realizó dentro de la GNRE-COMIBOL, constituyó una relación laboral, al respecto cita el sociólogo Pablo Guerra dice:” Trabajador es aquella persona que realiza una actividad haciendo uso de sus facultades tanto físicas, morales e intelectuales, conducentes a obtener un bien o servicio necesario para su satisfacción personal y la de su familia, en su caso”, definición esta que se encuadra con el art. 2 de la Ley General del Trabajo que señala: “…empleado y obrero es aquel que trabaja por cuenta ajena. Se distingue el primero por prestar servicios en tal carácter o por trabajar en oficina con horario y condiciones especiales, desarrollando un esfuerzo predominantemente intelectual…”, aclarado por el art. 2 dl D.S. 224 de 23 de agosto de 1943 cuando señala: “Para la interpretación de la Ley y del presente Reglamento, toda vez que se emplee la palabra “trabajador” se entenderá conjuntamente a empleados y obreros…”, de lo que se evidencia que al haber realizado actividades físico-intelectuales para una tercera persona, a cambio de una remuneración económica para cubrir sus necesidades y las de su familia, se encuadra tal actividad dentro de la categoría de los trabajadores