Auto Supremo AS/0124/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Por lo expuesto precedentemente y al haberse demostrado de manera justificada su despido como consecuencia

Ahora bien, en lo concerniente al principio de estabilidad laboral, el artículo 11 del Decreto Supremo 28699 claramente indica que "se reconoce la estabilidad laboral a favor de los trabajadores asalariados de acuerdo a la naturaleza de la relación laboral...". Esto quiere decir que la mal aplicada estabilidad laboral, debiera entenderse en razón de la naturaleza de la relación; es decir que los cargos de alto rango, gozan de estabilidad laboral durante el tiempo de vigencia de sus funciones o hasta que se pierda la confianza en el mismo, porque sus cargos son por tiempo definido en razón de la gestión y responsabilidad que tienen los mismos, como también son considerados personal de confianza del Directorio, por lo que la pérdida de la misma es causal justificada de despido.
Por lo expuesto precedentemente y al haberse demostrado de manera justificada su despido como consecuencia de la pérdida de confianza en su contra y al ser considerado personal ejecutivo y de confianza, no corresponde su reincorporación a su fuente laboral y por ende tampoco el pago de los sueldos devengados, esto por la naturaleza de la relación laboral que desempeñaba el actor, por lo que no correspondió la consideración, tanto de la ilegalidad del despido acusado y de los demás agravios alegados en la apelación que no fueron considerados en el Auto de Vista recurrido