Debemos añadir que el recurrente en su petitorio, numeral 2, señala: Por tanto declare infundada
Dicho esto, como consta en obrados, si bien existen 3 llamadas de atención a través de memorándums y un cuarto siendo éste el de desvinculación laboral, ninguno de estos 3 últimos lleva la firma del demandante y tampoco se evidenció la existencia de un proceso administrativo interno.
Debemos añadir que el recurrente en su petitorio, numeral 2, señala: Por tanto declare infundada el auto de vista objeto de este recurso de casación y declare subsistente la sentencia de primera instancia de fecha 03 de diciembre de 2018. Encontrando contradicción en cuanto al recurso y lo que pide, ya que al pedir que se declare infundado, pide que el auto de vista recurrido quede ratificado
Debemos añadir que el recurrente en su petitorio, numeral 2, señala: Por tanto declare infundada el auto de vista objeto de este recurso de casación y declare subsistente la sentencia de primera instancia de fecha 03 de diciembre de 2018. Encontrando contradicción en cuanto al recurso y lo que pide, ya que al pedir que se declare infundado, pide que el auto de vista recurrido quede ratificado
- CONSIDERANDO I
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de
- Deducido recurso de apelación, la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del
- Menciona que en prueba de fs
- Menciona que el tribunal Aq quem realizó una proba corrección del accionar del juez, ya
- Mediante pruebas presentadas en el proceso se evidencia que el despido fue intempestivo sin derecho
- IV.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Debemos tener presente que el Código Procesal del Trabajo, mediante su art
- Este alto Tribunal Supremo de Justicia, con el fin de dar una solución al conflicto,
- De la revisión de obrados, se tiene que en fs
- Por otro lado el demandante en el recurso de casación planteado menciona un supuesto proceso
- En ese sentido el proceso social precautela los derechos del trabajador, donde puede acreditar las
- Pero este Tribunal no hallando veracidad en los mismos, ya que como menciona el art
- Debemos añadir que el recurrente en su petitorio, numeral 2, señala: Por tanto declare infundada
- IV.- Conclusión
- Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
