Auto Supremo AS/0160/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Este alto Tribunal Supremo de Justicia, con el fin de dar una solución al conflicto,

En coherencia con lo manifestado, recordar que el Código Procesal Civil, está en vigencia plena a partir del 6 de febrero de 2016; en el caso de autos, el Auto de Vista impugnado que Revoca parcialmente la Sentencia, decisión asumida por la autoridad judicial de primera instancia, respecto a los beneficios sociales y demás actuados posteriores, fueron ejercidos estando en vigencia plena el Código Procesal Civil. En consecuencia, se asume que la norma supletoria, a la cual hace referencia el art. 252 del CPT, es el actual Código Procesal Civil, en todo lo que sea aplicable.
Este alto Tribunal Supremo de Justicia, con el fin de dar una solución al conflicto, bajo la visión de la nueva justicia, en cumplimiento de la Constitución Política del Estado que tiende a garantizar a toda persona el acceso a los recursos y medios impugnativos y las normas que hacen a la materia, conforme dispone el parágrafo I de su art. 180, ingresa a resolver los puntos acusados por la parte recurrente de la siguiente manera:
En cuanto a la falta de valoración al memorial de respuesta a la demanda, en el cual estaría manifestando el demandante el criterio del despido por un proceso administrativo al haber incurrido el demandante en incumplimiento de deberes y abuso de confianza