Auto Supremo AS/0160/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Pero este Tribunal no hallando veracidad en los mismos, ya que como menciona el art

De las pruebas documentales, la parte recurrente señala que a través de memorándums ya mencionados en líneas anteriores que llegarían a ser documentos, prueba fehaciente para la desvinculación laboral.
Pero este Tribunal no hallando veracidad en los mismos, ya que como menciona el art. 162 del CPT. Los documentos no firmados solo tendrán valor si son reconocidos expresamente por la parte a quien le atribuyen o si se demuestra, por los medios comunes de prueba, que proceden en dicha parte. Se exceptúan los libros de comercio