Auto Supremo AS/0164/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0164/2020

Fecha: 10-Mar-2020

En mérito a lo expuesto respecto a que correspondía o no el pago del segundo

En mérito a lo expuesto respecto a que correspondía o no el pago del segundo aguinaldo denominado “Esfuerzo por Bolivia” de la Gestión 20015, dispuesta en el DS Nº 1802 de 20 de noviembre de 2013; DS Nº 2631 de 9 de diciembre de 2015; y, Resolución Ministerial (RM) Nº 1031/15 de 14 de diciembre de 2015; de los antecedentes del proceso se tiene que, la actora Francisca Javiera Fierro, trabajó como Encargada de Programación de la Empresa “A.L.G. S.A.”, desde el 7 de febrero de 2013, hasta el 11 de marzo de 2016, acumulando de 3 años y 1 mes y 4 días; en consecuencia, al no haber demostrado la Empresa demandada el pago fehaciente del segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” de la gestión 2015, hasta el 31 de marzo de 2016 según disposición art. 2 del DS Nº 2631 de 9 de diciembre de 2015, correspondía el pago de este derecho adquirido; es decir, del 1 de enero de 2015 hasta 31 de diciembre de 2015; toda vez, que el derecho adquirido de la trabajadora se consolidó desempeñado por la referida gestión; tomando en cuenta, que el pago por este concepto al no haber sido cancelado en su totalidad, corresponde se imponga la multa por incumpliendo conforme a ley