Auto Supremo AS/0178/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2020

Fecha: 09-Mar-2020

De lo precedentemente señalado, resulta evidente que el aludido Auto de Vista Nº 94 de

De lo precedentemente señalado, resulta evidente que el aludido Auto de Vista Nº 94 de 18 de abril de 2017, el cual anula obrados hasta el auto de admisión de la demanda, argumentando que el órgano judicial carece de competencia, para conocer la demanda planteada, al ser la demandante funcionaria pública y al provenir su remuneración de fondos del TGN, el mismo fue recurrido en casación en su momento, mereciendo el pronunciamiento del Auto Supremo Nº 573 de 30 de octubre de 2018, cursante de fs. 237 a 241 vlta., el cual evidencia vulneraciones en el mismo, por lo que anula obrados hasta el auto mencionado, disponiendo que el Tribunal de Alzada, pronuncie nuevo auto de vista, considerando el fondo de la cuestión planteada, el cual debe referirse precisamente a los derechos consolidados de la demandante. Es así que se emite el Auto de Vista de 18 de abril de 2019, el cual se pronuncia en los términos solicitados en el auto supremo, siendo objeto ahora, de casación