POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley del Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso deducido de fojas 251 a 253 vlta., sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- I.1.Antecedentes del proceso
- Dora Ríos Gallardo, en su escrito de fs
- Vacación
- Deducido el recurso de apelación, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del
- Recurso de Casación en la Forma
- I
- Recurso de Casación en la Fondo
- 1.1. Consideraciones previas
- Luego de revisados minuciosamente los antecedentes cursantes en el expediente, en cumplimiento del art
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- 1.2. Argumentos de hecho y derecho
- Respecto a la normativa especial, el artículo 1 del Decreto Reglamentario de la Ley General
- Auto Supremo Nº 336/2012 “Que, en lo que se refiere a la incompetencia alegada de la
- De lo precedentemente señalado, resulta evidente que el aludido Auto de Vista Nº 94 de
- 1
- En ese sentido, está establecido que el recurso de casación, es un recurso extraordinario que
- El recurrente, acusa de error de hecho y de derecho, pero no toma en cuenta
- Por último, se debe manifestar que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
