Auto Supremo AS/0214/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2020

Fecha: 09-Mar-2020

En base a los antecedentes descritos, se debe considerar lo determinado por el artículo 40

En base a los antecedentes descritos, se debe considerar lo determinado por el artículo 40 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, que dispone:
“Las acciones judiciales y obligaciones emergentes de la responsabilidad civil establecida en la presente ley, prescribirán en diez años computables a partir del día del hecho que da lugar a la acción o desde la última actuación procesal. El plazo de la prescripción se suspenderá o se interrumpirá de acuerdo con las causas y en la forma establecidas en el Código Civil. Para la iniciación de acciones por hechos o actos ocurridos antes de la vigencia de la presente ley, este término de prescripción se computará a partir de la fecha de dicha vigencia.” (Las negrillas son añadidas)