Auto Supremo AS/0237/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2020-RA

Fecha: 04-Mar-2020

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 36/2018 de 25 de septiembre (fs. 1237 a 1266 vta.), el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Buenavista de la Provincia de Ichilo del Departamento de Santa Cruz, declaró a: Jhonny Beltrán Soto, Nicolás Cruz Méndez y Carlos Villca Acosta, autores y culpables de la comisión de los delitos de Violación Agravada, Robo Agravado y Asociación Delictuosa, previstos y sancionados por los arts. 308 y 310 incisos c) y e) del CP, modificado por la Ley 348; arts. 332 numerales 1), 2) y 3) y 132 del CP, imponiendo la pena de veinticinco años de presidio. Juan Daniel Subirana Silva, autor y culpable de los delitos de Violación Agravada, en grado de Complicidad y Asociación Delictuosa, tipificadas por los arts. 308 y 310 incisos c) y e) del CP modificado por la Ley 348, con relación al art. 23 y 132 del Código Penal, fijando una pena de doce años y seis meses de presidio