Auto Supremo AS/0245/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0245/2020

Fecha: 09-Mar-2020

En ese marco, no es evidente lo manifestado por el recurrente sobre la acusación sobre

En ese marco, no es evidente lo manifestado por el recurrente sobre la acusación sobre la falta de valoración de la prueba, acreditándose que el despido se produjo por el retraso constante del pago de sueldos, evidenciándose el despido indirecto que tiene los mismos efectos que el despido injustificado, por el que se reconoce al demandante, el derecho de percibir todos los derechos y beneficios sociales emergentes de la ruptura laboral por culpa atribuible al empleador, como consecuencia de la alteración de condiciones de la relación laboral, modificando de manera sustancial la armonía de la actividad laboral, como sucede en el presente caso por la falta de pago de su salario; lo que ciertamente constituye despido indirecto, forzoso e injustificado, toda vez que, no solamente la rebaja del salario constituye causal de aplicación del art. 2 del DS de 9 de marzo de 1937, sino también cualquier otro hecho que altere las condiciones normales existentes en el desarrollo del trabajo como sucede en autos, por la falta oportuna del pago de salarios