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    Auto Supremo AS/0260/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0260/2020-RRC

    Fecha: 16-Mar-2020

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    • Por memoriales presentados el 3 y 4 de septiembre de 2019, los Servicios Legales Integrales
    • I.1.1. De los motivos de los recursos de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 994/2019-RA de 21 de octubre,
    • I.1.1.1. Del recurso de casación presentado por el SLIM
    • La entidad municipal en representación de la víctima sostiene que se cometieron una serie de
    • I.1.1.2. Del recurso de casación presentado por la Casa De La Mujer
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 994/2019-RA de 21 de octubre, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • Por Sentencia 13/2019 de 4 de mayo, el Juez Noveno de Sentencia Penal Anticorrupción
    • II.2. De las apelaciones restringidas presentadas por la víctima
    • II
    • La institución recurrente denunció la aplicación indebida del procedimiento abreviado, argumentando que el Ministerio Público
    • Acusó la violación de sus derechos fundamentales de acceso a la tutela judicial efectiva y
    • II.2.2. Del recurso de apelación restringida de la víctima
    • La víctima Mirtha Rivero Salazar denunció la aplicación indebida del procedimiento abreviado, argumentando que el
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • III. VERIFICACIÓN DE VULNERACIÓN DEL DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
    • En el presente caso, Los Servicios Legales Integrales Municipales (SLIM) y La Casa De La
    • III.1.  Sobre la garantía del debido proceso y la debida fundamentación
    • Este Tribunal en reiteradas oportunidades a señalado que el debido proceso, es un principio legal
    • Ahora bien, por mandato del art
    • En concordancia con lo anterior, estableció: ““Las resoluciones, para su validez y eficacia, requieren cumplir
    • Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
    • De la doctrina señalada se establece que ninguna autoridad que emita un fallo puede omitir
    • III.2. Del análisis del caso concreto
    • Al respecto, corresponde precisar inicialmente que por Sentencia condenatoria se declaró al imputado autor de
    • Ahora bien, esta Sala Penal advierte que la respuesta otorgada por el Tribunal de alzada
    • A mayor abundamiento, el Tribunal de alzada cuando se refiera a una salida alternativa de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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