Auto Supremo AS/0269/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2020-RA

Fecha: 16-Mar-2020

En este motivo también se advierte que si bien los recurrentes invocan precedente contradictorio, omiten


En este motivo también se advierte que si bien los recurrentes invocan precedente contradictorio, omiten su deber de explicar de forma concreta en qué consiste la contradicción con el fallo impugnado, por cuanto se limitan a glosar en forma parcial su contenido, en inobservancia de la carga procesal exigida por los arts. 416 y 417 del CPP; sin embargo, se evidencia que los recurrentes alegan la vulneración a su derecho al debido proceso, a cuyo fin proporcionan los antecedentes generadores de su recurso, explicitando los fundamentos de su alzada y la respuesta otorgada por el Tribunal de apelación; asimismo, detallan en qué consistieron las omisiones y deficiencias en que hubiere incurrido el señalado Tribunal –escudarse en argumentos confusos, lacónicos y evasivos a los efectos de no resolver de forma motivada el fondo los agravios de su alzada (incongruencia omisiva)–; y, el resultado dañoso emergente del defecto: la confirmación de la Sentencia condenatoria que fuese contraria a la pretensión de los recurrentes, lo que implica la concurrencia de los presupuestos de flexibilización que permiten el análisis del presente motivo, por lo que deviene en admisible