En autos, el Tribunal de apelación declaró la inadmisibilidad del recurso de apelación restringida en
En autos, el Tribunal de apelación declaró la inadmisibilidad del recurso de apelación restringida en correspondencia a la forma en la que fue expuesto, considerando que pese a la activación del art. 399 del CPP, y la emisión de la providencia en la que se identificó las falencias y explicó la forma en la que debían ser subsanadas, la recurrente no había superado el cumplimiento de formas procesales habilitantes al juicio de fondo, por lo cual la Sala concluye que el Tribunal de alzada emitió una resolución apegada al art. 124 del CPP, vale decir con los argumentos de hecho y derecho que fundaron su decisorio, y si bien se declaró improcedente el recurso de apelación restringida, esa determinación se fundó en la inobservancia persistente del recurrente, al no cumplir con las observaciones realizadas
- Por memorial presentado el 13 de junio de 2019, de fs
- En conocimiento de los citados antecedentes la Sala, en juicio de admisibilidad, pronunció el Auto
- III
- Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007, estableció que: “La exigencia de motivación es
- Conclusiones que llevaron a dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado en casación, pues
- Los arts
- Si bien el entendimiento jurisprudencial sobre las formas procesales se orienta en satisfacer el derecho
- Por una parte, el recurso de apelación restringida, en esencia procura garantizar el principio de
- En el presente caso, la Sala Penal Primera de Cochabamba, como se refirió en el
- Considera la Sala que cuando el art
- En autos, el Tribunal de apelación declaró la inadmisibilidad del recurso de apelación restringida en
- En consecuencia, no se advierte contradicción alguna en que haya incurrido el Tribunal de apelación, por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
