Ciertamente, el cómputo realizado por el Tribunal de apelación, arroja un tiempo que supera el
La Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció el Auto de Vista 49/2019 de 22 de mayo de 2019, ahora recurrido, por el que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la recurrente y por Roberto Castro Cucho, confirmando la Sentencia apelada, según su fundamento la ahora recurrente Alicia Cosme Cusi fue notificada con el decreto de 27 de octubre de 2017, que dispuso la subsanación de su recurso de apelación, otorgándole al efecto el plazo de tres días. Con dicho decreto, según la diligencia sentada fue notificada el 30 de noviembre de 2017, siendo los días hábiles: 1 de diciembre de 2017, 4 de diciembre de 2017 y 2 de enero de 2018, sin embargo, subsanó recién el 3 de enero de 2018, cuando el plazo vencía el 2 de enero de 2018.
Ciertamente, el cómputo realizado por el Tribunal de apelación, arroja un tiempo que supera el plazo concedido por el art. 399 del CPP, a objeto de la subsanación del recurso de apelación restringida; siendo que, en este particular, la Sala habría actuado dentro del marco legal; sin embargo, la recurrente adjuntó al recurso de casación la copia del decreto de 27 de octubre de 2017, con la que se le notificó en el domicilio procesal, que evidencia según la diligencia sentada que la notificación fue practicada el 1 de diciembre de 2017 a Hrs. 17:54, en el Edificio Colon, Piso 1 oficina 102, constando el sello del juzgado, a la que la recurrente y su abogado obviamente se atuvieron, en cuyo mérito, el memorial de subsanación fue presentado dentro del plazo de los tres días, conforme a dicha notificación
- Por memorial presentado el 6 de septiembre de 2019, cursante de fs
- Por Sentencia 26/2016 de 10 de agosto de 2016 (fs
- La Sala, en juicio de admisibilidad, pronunció el Auto Supremo 1032/2019-RA de 22 de noviembre,
- Solicitó que se Anule el Auto de Vista pronunciado por la Sala Penal Cuarta del
- II
- II.2. Trámite otorgado a las apelaciones restringidas
- Citando los arts
- “…que en el presente caso se ha ejecutado la lectura integra de la apelación restringida
- De la compulsa de los datos mencionados se tiene que los apelantes NO cumplieron de
- La recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, vulneró su derecho de acceso a
- El derecho fundamental de acceso a la administración de justicia se encuentra consagrado en el
- Por lo señalado, el derecho de acceso a la administración de justicia constituye un presupuesto
- Los arts
- III.3. Análisis de caso concreto
- Según los antecedentes del caso, la Sentencia 26/2016 de 10 de agosto, pronunciada por el
- Conforme las diligencias de notificación cursante a fs
- Ciertamente, el cómputo realizado por el Tribunal de apelación, arroja un tiempo que supera el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
