La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
Si bien en el caso, se está ante dos fechas en las que se hubiera procedido a la notificación de la recurrente con el decreto de 27 de octubre de 2017, reconociendo esta Sala a prima facie que el cómputo que realizó el Auto de Vista impugnado era correcto porque desconocía diligencia de notificación que se realizó a la recurrente; confrontadas ambas diligencias la sentada a fs. 1677 y la copia de la notificación dejada a la recurrente fs. 1683, se puede establecer que el error del funcionario judicial afecta el derecho de acceso a la justicia y el derecho a la impugnación, porque la recurrente fue inducida a un error no atribuible a ella para la presentación de su subsanación, correspondiendo dar aplicación a los principios de principio de interpretación más favorable a la admisión del recurso, por lo que corresponde declarar fundado el recurso interpuesto.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art. 419 del CPP, declara FUNDADO el recurso de casación formulado por Alicia Cosme Cusi; y, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 49/2019 de 22 de mayo, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, para que previo sorteo y sin espera de turno, pronuncie nueva resolución de acuerdo con la doctrina legal establecida
- Por memorial presentado el 6 de septiembre de 2019, cursante de fs
- Por Sentencia 26/2016 de 10 de agosto de 2016 (fs
- La Sala, en juicio de admisibilidad, pronunció el Auto Supremo 1032/2019-RA de 22 de noviembre,
- Solicitó que se Anule el Auto de Vista pronunciado por la Sala Penal Cuarta del
- II
- II.2. Trámite otorgado a las apelaciones restringidas
- Citando los arts
- “…que en el presente caso se ha ejecutado la lectura integra de la apelación restringida
- De la compulsa de los datos mencionados se tiene que los apelantes NO cumplieron de
- La recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, vulneró su derecho de acceso a
- El derecho fundamental de acceso a la administración de justicia se encuentra consagrado en el
- Por lo señalado, el derecho de acceso a la administración de justicia constituye un presupuesto
- Los arts
- III.3. Análisis de caso concreto
- Según los antecedentes del caso, la Sentencia 26/2016 de 10 de agosto, pronunciada por el
- Conforme las diligencias de notificación cursante a fs
- Ciertamente, el cómputo realizado por el Tribunal de apelación, arroja un tiempo que supera el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
