Auto Supremo AS/0315/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

Conforme las diligencias de notificación cursante a fs


Radicadas las apelaciones ante el Tribunal de apelación, dicha instancia observó y devolvió los antecedentes ante el tribunal de origen para que subsane las notificaciones sentadas con la sentencia, realizada la subsanación los antecedentes fueron devueltos a la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que mediante decreto de 27 de octubre de 2017, suscrito por la vocal Elisa Lovera, dispuso que los recurrentes subsanaran sus recursos porque no cumplían a cabalidad lo dispuesto por los arts. 407 y 408 del CPP, otorgándoles el plazo de tres días para que señalen las disposiciones legales inobservadas o erróneamente aplicadas, expresen cuál la aplicación que pretendían, invoquen separadamente cada violación con su fundamento e invoquen precedentes contradictorios respecto a los agravios que estuvieran sufriendo, bajo alternativa de declararse el rechazo y consiguiente inadmisibilidad del recurso.

Conforme las diligencias de notificación cursante a fs. 1677 de obrados, se sabe que con el decreto referido se notificó al imputado Roberto Castro Cucho el 26 de enero de 2018 y a la señora Alicia Cosme Cusi, ahora recurrente, se le notificó mediante copia de ley en su domicilio procesal el 30 de noviembre de 2017 a Hrs. 17:54. Habiendo este último presentado memorial de subsanación de su recurso de apelación restringida el 3 de enero de 2018, pidiendo se dé viabilidad al recurso de apelación restringida interpuesto