Auto Supremo AS/0340/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

A los Tribunales de alzada no les está permitido descender al examen de la prueba


A los Tribunales de alzada no les está permitido descender al examen de la prueba y consiguiente modificación de los hechos, pues está desprovisto de la inmediación con la que cuentan los Tribunales de Sentencia con relación a la prueba desfilada  en el juicio oral; igualmente ratifica que, el cambio de situación jurídica del imputado de absuelto a condenado o viceversa, cuando esa decisión emerge de la modificación de los hechos en base a una nueva valoración de la prueba, es inviable, caso en el que necesariamente debe disponerse la nulidad de la Sentencia y la reposición del juicio por otro Tribunal