Auto Supremo AS/0346/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2020

Fecha: 09-Mar-2020

En el sub lite, claramente se advierte que el Auto de Vista de fecha 19

En el sub lite, claramente se advierte que el Auto de Vista de fecha 19 de agosto de 2016, cursante de fs. 79 a 80 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, con referencia al recurso de apelación contra la Sentencia, el Tribunal de Alzada dictó una resolución anulatoria, en cuyo mérito contra esta determinación no es viable el recurso de casación en el fondo, toda vez que al haber anulado obrados el Tribunal de Segunda Instancia, no se ha pronunciado sobre el fondo de la pretensión o del recurso de apelación, no resultando lógico interponer recurso de casación contra cuestiones de fondo que nunca fueron objeto de pronunciamiento por parte del Tribunal de Alzada, resultando viable únicamente el recurso de casación en la forma para impugnar los motivos que han dado origen a la nulidad de obrados, acusa errónea aplicación indebida de la Ley y normas sustantivas, denuncias que atacan al fondo de la Litis, y como se dijo contra una Resolución anulatorio no procede el recurso de casación en el fondo, sino únicamente recurso de casación en la forma, deviniendo en improcedente su recurso de casación en el fondo