Auto Supremo AS/0356/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0356/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no

Por otra parte, resulta innegable que a partir del art. 46 de la CPE., se protege el derecho al trabajo y se prohíbe toda forma de discriminación contra el trabajador, así el art. 49.III al referirse a la estabilidad laboral en general señala que el Estado protegerá la estabilidad laboral. Prohíbe el despido injustificado y toda forma de acoso laboral. La Ley determinará las sanciones correspondientes. A su vez la RM N° 107 de 23 de febrero de 2010, art. 3 sobre el retiro voluntario y estabilidad laboral, señala que, aquellas renuncias resultantes de presión u hostigamiento por parte del empleador, serán consideradas como retiros forzosos e intempestivos para fines de ley. Es decir que existe vasta normativa protectora a favor del trabajador.
Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no siendo evidente lo alegado en el Recurso de Casación planteado; por lo que corresponde resolver en el marco del art. 220-II del CPC-2013, por permisión del art. 252 del CPT