Auto Supremo AS/0372/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0372/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Mencionó la no aplicación del art

Reclamó la violación del art. 108 de la Constitución Política del Estado, el cual refiere que “Son deberes de las bolivianas y bolivianos: 1. Conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes; 2. Conocer, respetar y promover los derechos reconocidos en la Constitución.” Señalando que el tribunal como autoridad jurisdiccional tiene el deber fundamental de velar por los intereses del Estado y de la sociedad, y debe interpretar adecuadamente las leyes que señala el demandante, ya que en el desarrollo del proceso no se tomó en cuenta los derechos y obligaciones que están plasmadas en otras leyes y Decretos Supremos.
Mencionó la no aplicación del art. 119 de la Constitución Política del Estado, el cual señala que “I. Las partes en conflicto gozarán de igualdad de oportunidades para ejercer durante el proceso las facultades y los derechos que les asistan, sea por la vía ordinaria o por la indígena originaria campesina. II. Toda persona tiene derecho inviolable a la defensa. El Estado proporcionará a las personas denunciadas o imputadas una defensora o un defensor gratuito, en los casos en que éstas no cuenten con los recursos económicos necesarios.” que en el presente proceso laboral no se está aplicando esta disposición de forma imparcial, sino solamente se está aplicando para una de las partes, que es la del actor por ende no se está velando los intereses económicos de la institución demandada