Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
Además, sobre la valoración de la prueba aludida por la empresa recurrente, constituye una causal de casación en el fondo, Pastor Ortiz Mattos, en su obra, El Recurso de Casación en Bolivia, expresó “...El error de hecho se da cuando la apreciación falsa recae sobre un hecho material; tal error, en el que incurre el juez de fondo en el fallo recurrido, cuando considera que no hay prueba eficiente de un hecho determinado siendo así que ella existe y que la equivocación está probada con un documento auténtico", y "El error de derecho recae sobre la existencia o interpretación de una norma jurídica. En el caso que nos interesa cuando el juez o tribunal de fondo, ignorando el valor que atribuye la ley a cierta prueba, le asigna un valor distinto."
Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo y único concepto, -conforme señala la doctrina y la jurisprudencia-, estos deben desarrollarse de manera separada, objetiva y concreta, porque en el primer caso, la especificación debe recaer en los medios de prueba aportados al proceso y a los que el juzgador de instancia no le atribuyó el valor que la Ley le asigna; y en el segundo caso, el error debe quedar objetivamente demostrado y ser manifiesto como dispone la norma y que debe ser contrastado, con un documento auténtico que lo demuestre, a efectos que de manera excepcional, se proceda a una revaloración de esa prueba
Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo y único concepto, -conforme señala la doctrina y la jurisprudencia-, estos deben desarrollarse de manera separada, objetiva y concreta, porque en el primer caso, la especificación debe recaer en los medios de prueba aportados al proceso y a los que el juzgador de instancia no le atribuyó el valor que la Ley le asigna; y en el segundo caso, el error debe quedar objetivamente demostrado y ser manifiesto como dispone la norma y que debe ser contrastado, con un documento auténtico que lo demuestre, a efectos que de manera excepcional, se proceda a una revaloración de esa prueba
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Por memorial de fs
- Del Registro de Comercio de fs
- 2.- Error de hecho y derecho respecto a la desvinculación laboral
- El Tribunal de apelación respecto a la desvinculación laboral, determinó la relación laboral con la
- 3
- 4.- De la prescripción del bono de antigüedad
- El Tribunal de apelación, no consideró que la prescripción pudo ser opuesta en cualquier momento,
- 5.- Error de derecho infracción, violación y aplicación indebida de la Ley
- Como consecuencia del error de hecho y derecho, el Tribunal de apelación que confirmó la
- Contestación
- Concluyó solicitando, se declare infundado el recurso de casación conforme a las previsiones contenidas en
- Admisión
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Para mejor resolver, es menester realizar algunas consideraciones de orden jurídico relacionadas con las denuncias
- Inicialmente, debe puntualizarse, que el Derecho del Trabajo, encuentra como objetivo permanente, el mantener un
- De tal manera, dada la naturaleza y características propias del derecho del trabajo, los derechos
- Derechos que además, distinguen entre sus características, a la irrenunciabilidad; siendo nula cualquier convención o
- Asimismo, dada la evidente desproporción de fuerzas y condiciones, entre el empleador y el trabajador;
- 2.- Sobre la relación laboral
- Sobre este particular, en similar entendimiento el art
- La subordinación y dependencia, componen el elemento principal para la identificación de la existencia del
- En este elemento, el poder jurídico al que refiere el párrafo precedente, es inherente a
- Lo anterior conlleva a una descripción del significado clásico de la subordinación o dependencia donde
- Representado en una labor personal ya sea física o intelectual, implica la realización de actos
- Por esta figura, tanto el costo del trabajo producto, como los resultados, son destinados al
- Desde este panorama, la doctrina enseña que el trabajo por cuenta ajena, exige tres características
- Otro elemento de la relación de trabajo, es la contraprestación por el trabajo desarrollado; es
- Corresponde señalar que, en materia laboral, rige el principio de la primacía de la realidad;
- Es así, que bajo este principio, la autonomía de la voluntad carece de relevancia, prevaleciendo
- Una de las principales reformas a la administración de justicia, se produjo a través del
- Por otra parte, corresponde referir, también; que dada la implicancia de los derechos tutelados en
- Por ello es el juzgador en relación a la valoración de la prueba, no sujete
- La empresa recurrente, reclamó la incorrecta valoración probatoria y el error de hecho y derecho,
- Para resolver la controversia en los términos que se tienen propuestos, se debe partir de
- En base a ésta norma, el Juez de primera instancia como el Tribunal de alzada,
- Por otra parte el DS Nº 0521 de 26 de mayo de 2010, en su
- El DS Nº 28699 del 1 de mayo de 2006, en su art
- Ahora bien, entrando en análisis al fondo del recurso, el recurrente acusó que el Tribunal
- Respecto, al primer, segundo y tercer punto
- Ahora sobre toda la prueba acusada, corresponde señalar que ésta fue de conocimiento de las
- Nótese que -como se señaló- el recurrente persigue se efectué una nueva valoración de las
- Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
- En cuanto al error de hecho en la apreciación de las pruebas, cuando la resolución
- En este supuesto, cuando se acusa la falta de apreciación de las pruebas, no basta
- Respecto al cuarto punto
- Estas inobservancias, de ningún modo puede suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula el honorario profesional del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
