Auto Supremo AS/0287/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0287/2020

Fecha: 15-Jul-2020

De lo referido se evidencia, que la parte recurrente acompañó la prueba aludida en un

En cuanto al segundo agravio, manifiestan que no resulta evidente el defecto acusado en el recurso, la demanda ordinaria de rescisión de contrato inició el 20 de noviembre de 2015, conforme prevé el art. 564.I del Código Civil.
De lo referido se evidencia, que la parte recurrente acompañó la prueba aludida en un otrosí 2 del memorial de respuesta a la excepción de prescripción de fs. 145 a 147 vta., en el cual no ofreció el informe del adulto mayor como prueba, sino el informe de prueba pericial del plano falsificado por la demandada, lo cual imposibilitó el análisis del referido documento