Auto Supremo AS/0291/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291/2020

Fecha: 09-Jul-2020

En ese contexto, no es correcta la argumentación expuesta por el representante legal de la

En ese contexto, no es correcta la argumentación expuesta por el representante legal de la institución demandada ahora recurrente, en sentido que no reconoce el pago del subsidio de frontera la gestión 2015, de los antecedentes procesales se evidencia el informe evacuado por el asesor financiero del municipio recurrente, que la actora prestó sus servicios profesionales desde el 1 de agosto de 2015 hasta el 31 de enero de 2016 y a partir de 1 de febrero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017 (fs. 34)