Auto Supremo AS/0291/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291/2020

Fecha: 09-Jul-2020

Por Auto 199 de 20 de febrero de 2018, cursante a fs

Evelin Urgel Torrez, por memorial de fs. 4 a 5, refiere que, empezó a trabajar desde el 2 de enero de 2014 en el municipio recurrente, con un salario mensual de Bs. 1.500, habiendo prestado servicios durante 4 años y 22 días, añade que ha trabajado dentro de los alcances del DS 21127 de 30 de noviembre de 1985, y no se le ha cancelado el subsidio de frontera, al igual que el pago del aguinaldo y el reajuste salarial.
El Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Cobija, por Auto 85 de 24 de enero de 2018, cursante a fs. 5 vta., admite la demanda y corre traslado a la parte contraria, quien por escrito de fs. 17 a 18, opone excepciones previas de imprecisión y contradicción en la demanda, que fueron rechazadas por extemporáneas, por decreto de 20 de febrero de 2018 y al no ser impugnada, adquirió calidad de cosa juzgada.
Por Auto 199 de 20 de febrero de 2018, cursante a fs. 19, al no haber sido respondida la demanda, pese a la citación legal a la parte demandada se la declara rebelde y se deja trabada la relación jurídico procesal, la apertura del término probatorio de 10 días común a las partes fijándose los hechos a ser probados por las partes