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2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Beatriz Chambi Cachaca de Daza según memorial cursante de fs. 286 a 289 vta., y la adhesión al recurso de apelación presentada por Edgar Daza Flores según memorial cursante de fs. 292 a 293 vta., originó que la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 356/2019 de 17 de julio, cursante de fs. 313 a 314, CONFIRMÓ la sentencia apelada
- Expediente: LP-43-20-S
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
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- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 356/2019 de 17 de julio, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Que dentro el planteamiento de los agravios presentados en apelación se expuso aspectos respecto a
- Que en el Auto de Vista existe una errónea aplicación del art
- Que el Auto de Vista ahora impugnado procedió a la aplicación indebida de la
- Por lo que solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
