Por lo que solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
Que el Auto de Vista impugnado no se pronunció sobre la causal de nulidad establecida en el art. 549 num. 5) del Código Civil y el art. 192 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, además de no pronunciarse sobre la prueba documental que fue judicializada y no considerada por el juez A quo, motivo por el cual el Ad quem no revisó los antecedentes del proceso.
Por lo que solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista
Por lo que solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista
- Expediente: LP-43-20-S
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 356/2019 de 17 de julio, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Que dentro el planteamiento de los agravios presentados en apelación se expuso aspectos respecto a
- Que en el Auto de Vista existe una errónea aplicación del art
- Que el Auto de Vista ahora impugnado procedió a la aplicación indebida de la
- Por lo que solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
