Así que, al haber presentado DATEL S
Así que, al haber presentado DATEL S.R.L su recurso de casación, fuera del plazo establecido por Ley, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, debió rechazarlo y no pronunciar el Auto de concesión cursante de fs. 1499, en tal situación corresponde enmendar la errada concesión del recurso de DATEL S.R.L., y por consiguiente no corresponde considerar los demás requisitos de admisibilidad en relación a este recurso, por su extemporaneidad
- Proceso: Resarcimiento de daños y perjuicios
- VISTOS: Los recursos de casación, cursantes de fs
- 2
- Del recurso interpuesto por COTEL LA PAZ LTDA
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, y en consideración únicamente al recurso que cumplió el plazo
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por COTEL LA PAZ LTDA
- Con relación a lo manifestado adjuntó jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo
- Petitorio
- Del recurso interpuesto por DATEL S.R.L
- De la revisión de antecedentes se tiene que, DATEL S
- Así que, al haber presentado DATEL S
- CONSIDERANDO III
- II
- IV
- De la letra y esencia de la norma, se establece que el nuevo modelo procesal
- CONSIDERANDO IV
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
