Contra el auto de vista, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR por medio
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Contra el auto de vista, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR por medio de Franthi Germán Suxo Gutiérrez, formuló recurso de casación en el fondo, que señala lo siguiente:
Que, el auto de vista recurrido no señala de manera precisa la Ley indebidamente aplicada, transgredida o vulnerada, se limita de forma genérica que corresponde revocar la resolución apelada sin fundamento alguno, incumpliendo lo que señala los arts. 256 y 265-1) del Código Procesal Civil, por ende el incumplimiento de la carga procesal que impone dicha norma, en la que consisten en especificar y fundamentar en que consiste la violación o aplicación indebida de la ley con respecto a los fundamentos del fallo de primera instancia
Contra el auto de vista, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR por medio de Franthi Germán Suxo Gutiérrez, formuló recurso de casación en el fondo, que señala lo siguiente:
Que, el auto de vista recurrido no señala de manera precisa la Ley indebidamente aplicada, transgredida o vulnerada, se limita de forma genérica que corresponde revocar la resolución apelada sin fundamento alguno, incumpliendo lo que señala los arts. 256 y 265-1) del Código Procesal Civil, por ende el incumplimiento de la carga procesal que impone dicha norma, en la que consisten en especificar y fundamentar en que consiste la violación o aplicación indebida de la ley con respecto a los fundamentos del fallo de primera instancia
- Que tramitado el proceso por Cotización de Compensación incoado por Roxana Andrade Alarcón, el Servicio
- AUTO DE VISTA
- Contra el auto de vista, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR por medio
- Normativa legal transgredida y mal aplicada, señalando que el infundado auto de vistas recurrido, en
- Al parágrafo 1) del art
- Petitorio
- Que así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
- Al respecto, de la revisión del Auto de Vista impugnado en recurso de casación, se
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se constata que, la asegurada, al
- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y la certeza de
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, debe prevalecer la
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los artículos
- Por otra parte el derecho a la seguridad social y el derecho a la jubilación,
- Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Magistrado: Carlos Alberto Eguez Añez
