Auto Supremo AS/0351/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

El recurrente refiriendo la existencia de vulneración de derechos y garantías constitucionales, citando los arts


I.1.1. Motivos del recurso

Del recurso de casación presentado por el recurrente y del Auto Supremo N°54/2020-RA de 9 de enero de 2020, se extrae el motivo a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

El recurrente refiriendo la existencia de vulneración de derechos y garantías constitucionales, citando los arts. 373, 374 y 169 num. 3) del CPP, acusó que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de fundamentación, al haber señalado que la Sentencia incurrió en falta de fundamentación y que habría incumplimiento de la obligación de notificar a la víctima o denunciante con el señalamiento de audiencia de procedimiento abreviado, que fue llevada a cabo sin su presencia, vulnerando los derechos a la defensa, debido proceso y a la publicidad de los actos procesales, disponiendo la anulación de la Sentencia; decisión sobre el que indica no haberse efectuado análisis o fundamentación alguna, al extremo de no mencionar el número ni la fecha de la Sentencia, menos habría observado que su contenido cumplía con las exigencias de los arts. 124 y 360 num. 1), 2) y 3) del CPP, más cuando la calificación del delito fue de Estafa simple, por lo que considera no existir violación del derecho a la defensa, sino que, se puso en aplicación la Ley 586 (Descongestionamiento al Sistema Penal boliviano), constituyéndose el hecho en defecto absoluto y generándole vulneración de su derecho al debido proceso