I.1.1. Motivo del recurso de casación
Por Sentencia 2/2019 de 17 de enero (fs. 110 a 114 vta.) el Tribunal de Sentencia Primero de Camiri, Provincia Cordillera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Felipe Juan Pablo Morales Arnéz, autor y culpable de la comisión del delito de Violación de Niño, Niña y Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis, del CP, condenando con la pena de quince años de presidio; y con relación a lo previsto en el art. 149 incs. b) y c) del Nuevo Código Niño, Niña o Adolescente, dispuso que el imputado se someta a tratamiento psicológico o psiquiátrico, durante el tiempo de su condena, y una vez se encuentre en libertad se le prohíbe vivir, trabajar o mantenerse cerca (no menor a trescientos metros) de parques, centros de esparcimiento y recreación para niñas, niños y adolescentes. Asimismo, se le sancionó con costas.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs. 118 a 120), que fue resuelto por Auto de Vista 56/2019 de 10 de septiembre, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado y confirmó la sentencia impugnada, motivando la presentación del recurso de casación sujeto al presente análisis.
I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Por memorial presentado el 15 de octubre de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 211/2020-RA de 18 de febrero,
- Señala de que luego de la deliberación, la audiencia de juicio se suspendió, violando la
- Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 448/2015-RRC de
- El impetrante solicita que una vez se advierta la fundamentación omisiva del Auto de Vista
- I.1.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 211/2020-RA de 18 de febrero, esta Sala Penal admitió el recurso formulado
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por Sentencia 2/2019 de 17 de enero, el Tribunal de Sentencia Primero de Camiri, declaró
- Notificado el imputado con la Sentencia, interpuso recurso de apelación restringida, bajo distintos argumentos, de
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Conforme el Auto Supremo de admisibilidad del recurso de casación, el análisis se circunscribirá a
- Un precedente contradictorio entendido como herramienta a través de la cual este Tribunal ejerce su
- Entonces el hecho similar debe ser identificado en los fundamentos jurídicos del fallo en los
- Sobre el particular, la jurisprudencia de este Tribunal Supremo ha estimado cuál el ámbito procesal
- III.2. De los precedentes contradictorios y del análisis del caso
- La parte recurrente en calidad de precedentes contradictorios invocó las situaciones procesales precisadas en las
- En torno a la contradicción vinculada al AS 123/2015-RRC de 24 de febrero, el recurrente
- En tal sentido clarificada la doctrina legal que se estima contradicha, resta a la Sala
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
