Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
II.3. Del Auto de Vista impugnado.
Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, resolvió el recurso de apelación restringida, mediante el Auto de Vista recurrido en casación, que declaró admisible e improcedente el recurso de apelación del imputado; por ende, confirmó la Sentencia, bajo el siguiente fundamento:
El recurrente sin citar, ni expresar ninguno de los defectos de Sentencia, o agravios establecidos en los arts. 169 y 370 del CPP, hace una serie de citas doctrinales y legales sobre el procedimiento del juicio oral, la etapa de discusión y clausura del debate, la deliberación y Sentencia, la oralidad del juicio, la lectura de la Sentencia, la notificación con la misma, e indica que la Sentencia no fue leída en su presencia y tampoco fue notificada
- Por memorial presentado el 15 de octubre de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 211/2020-RA de 18 de febrero,
- Señala de que luego de la deliberación, la audiencia de juicio se suspendió, violando la
- Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 448/2015-RRC de
- El impetrante solicita que una vez se advierta la fundamentación omisiva del Auto de Vista
- I.1.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 211/2020-RA de 18 de febrero, esta Sala Penal admitió el recurso formulado
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por Sentencia 2/2019 de 17 de enero, el Tribunal de Sentencia Primero de Camiri, declaró
- Notificado el imputado con la Sentencia, interpuso recurso de apelación restringida, bajo distintos argumentos, de
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Conforme el Auto Supremo de admisibilidad del recurso de casación, el análisis se circunscribirá a
- Un precedente contradictorio entendido como herramienta a través de la cual este Tribunal ejerce su
- Entonces el hecho similar debe ser identificado en los fundamentos jurídicos del fallo en los
- Sobre el particular, la jurisprudencia de este Tribunal Supremo ha estimado cuál el ámbito procesal
- III.2. De los precedentes contradictorios y del análisis del caso
- La parte recurrente en calidad de precedentes contradictorios invocó las situaciones procesales precisadas en las
- En torno a la contradicción vinculada al AS 123/2015-RRC de 24 de febrero, el recurrente
- En tal sentido clarificada la doctrina legal que se estima contradicha, resta a la Sala
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
