Auto Supremo AS/0409/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0409/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

De la relación anterior, se puede evidenciar que el acusado invocó el defecto de Sentencia


De la relación anterior, se puede evidenciar que el acusado invocó el defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 1) del CPP, para sostener su agravio relacionado a la falta de subsunción de los hechos acusados al tipo penal condenado; en cuyo mérito, el Tribunal de alzada concluyó la inexistencia del defecto de Sentencia, sosteniendo primeramente las dimensiones que contempla el agravio denunciado, la característica del delito de Actos Sexuales Abusivos, realizando el control de legalidad en cuanto a la subsunción de los hechos acusados al tipo penal condenado, pues analizó el acápite III de la Sentencia, concluyendo que el Tribunal de juicio realizó la operación del principio iura novit curia, explicando los elementos constitutivos respecto a la relación sexual consentida y admitida entre la víctima y el imputado, como la realización de actos de violencia física por ocasionarle lesiones en su integridad, aspectos que denotaron que el a quo realizó una correcta subsunción de los hechos acusados al tipo penal condenado previsto en el art. 312 Bis del CP