Subsidios de prenatalidad, nacido vivo y lactancia
Salarios devengados. Como se demostró en la planilla de pago adjunta en calidad de prueba, referente a los 15 días del mes de febrero, trabajados, reconoció que se adeuda al demandante la suma de Bs. 1.380, por lo que emitió el cheque 0001172 por la suma de Bs. 8.432,20 a favor del trabajador, por el cual fueron pagados todos sus beneficios sociales, incluido el salario adeudado, cheque que fue depositado en el Ministerio de Trabajo y que también fue ofrecido como prueba en el proceso; es decir, se cumplió con la normativa que establece que el finiquito deberá pagarse en el plazo de 15 días.
Subsidios de prenatalidad, nacido vivo y lactancia. El mismo demandante reconoció que en ningún momento solicitó esos beneficios a favor de sus hijos, y que dichos subsidios responden a las necesidades que actualmente tiene, hecho que no es responsabilidad del empleador; sin embargo, la Sentencia 019/2018 de 27 de junio, concede todos esos beneficios como premio a la irresponsabilidad del padre, de manera que en caso de otorgarse los mismos, se estaría generando jurisprudencia para que cualquier padre o madre oculte la solicitud para después demandar al empleador y de esa forma monetizar, atentando contra la salud y la vida del niño que está por nacer o que haya nacido
Subsidios de prenatalidad, nacido vivo y lactancia. El mismo demandante reconoció que en ningún momento solicitó esos beneficios a favor de sus hijos, y que dichos subsidios responden a las necesidades que actualmente tiene, hecho que no es responsabilidad del empleador; sin embargo, la Sentencia 019/2018 de 27 de junio, concede todos esos beneficios como premio a la irresponsabilidad del padre, de manera que en caso de otorgarse los mismos, se estaría generando jurisprudencia para que cualquier padre o madre oculte la solicitud para después demandar al empleador y de esa forma monetizar, atentando contra la salud y la vida del niño que está por nacer o que haya nacido
- CONSIDERANDO I
- Desahucio
- Subsidios de prenatalidad, nacido vivo y lactancia
- El recurso de casación en el fondo planteado por Moisés Hernández Condori en representación legal
- Continuando con el análisis, tampoco es evidente que sea obligatorio dar aviso al empleador como
- En virtud a cada uno de los fundamentos expuestos precedentemente y encontrándose infundados los motivos
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
