Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Asimismo, el recurrente invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007, el cual contendría la doctrina legal que establece que todas las resoluciones deben encontrarse debidamente fundamentadas en cuanto a los puntos denunciados; y el aspecto contradictorio radicaría en que el Auto de Vista no contiene la debida fundamentación conforme las denuncias planteadas en su recurso de apelación restringida, aspecto que hace ver que el recurrente cumplió con el deber de precisar el aspecto contradictorio en el que incurrió el Auto de Visa; por lo cual, hubiera cumplido con las exigencias establecidas en el art. 417 del CPP.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Germán Encinas Vera, de fs. 170 a 176 vta.; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
- Por memorial presentado el 17 de marzo de 2020, Germán Encinas Vera, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Con relación a la temática planteada invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 315 de
- Así también, señala que en el segundo motivo de su recurso de apelación restringida denunció
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto de la problemática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 315 de 25
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
