Admitida la demanda y corrido el trámite del proceso, el Juez del Trabajo y Seguridad
VISTOS: El recurso de casación, cursante de fs. 125 a 126 vta., interpuesto por Alex Jorge Sánchez Iraisoz y Mateo Cussi Chapi, en representación legal de Luis Gatty Riberiro Roca, Honorable Alcalde Municipal de Cobija, contra el Auto de Vista Nº 310/19 de 18 de noviembre de 2019, cursante de fs. 120 a 121 vta., pronunciado por la Sala Civil, Social, de Familia, Niño, Niña y Adolescente, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral seguido por Sarela Ávila Arce, contra la entidad edil recurrente, el Auto de 13 de febrero de 2020 que concedió el recurso, cursante a fs. 130 vta., el Auto de Admisión Nº 93/2020-A de 12 de marzo, cursante a fs. 138 y vta., los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
I. Antecedentes del Proceso
I.1. Sentencia
Admitida la demanda y corrido el trámite del proceso, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Pando, emitió la Sentencia Nº 134 018 de 27 de abril de 2018, cursante de fs. 96 a 99, declarando probada la demanda, sin costas, condenando el pago de la suma de Bs. 51.228 por beneficios sociales de la siguiente manera:
Tiempo de trabajo: 2 años, 10 meses y 12 días SALARIO INDEMNIZABLE: Bs. 2.200
DESAHUCIO:Bs. 6.600
INDEMNIZACIÓN:Bs. 6.305
VACACION…10 meses:Bs. 917
SUBSIDIO DE FRONTERA
2010… 12 meses, total salario Bs. 19.277…20%:Bs. 3.855
2011…12 meses, total salario Bs. 17.759…20%:Bs. 3.552
2012…12 meses, total salario Bs. 18.483…20%:Bs. 3.697
2013…12 meses, total salario Bs. 19.600…20%:Bs. 3.920
2014…12 meses, total salario Bs. 30.800…20%:Bs. 6.160
2015…10 meses, total salario Bs. 22.000…20%:Bs. 4.400
TOTAL Bs. 39.406
Multa 30%:Bs. 11.822
TOTAL A PAGAR:Bs. 51.228
I.2. Auto de Vista
En grado de apelación, la Sala Civil, Social, de Familia, Niño, Niña y Adolescente, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, emitió el Auto de Vista Nº 310/19 de 18 de noviembre de 2019, cursante de fs. 120 a 121 vta., CONFIRMANDO la Sentencia apelada
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- Admitida la demanda y corrido el trámite del proceso, el Juez del Trabajo y Seguridad
- Dentro el plazo previsto por ley, la entidad demandada, por intermedio de sus representantes legales
- Que, el Juez a quo, resolvió arbitrariamente la cancelación de la indemnización, por haber trabajado
- Acusa, que el art
- Que, dentro de la boleta de pago de un contrato de prestación de servicios no
- Por último, acusa que al disponer el Juez y Vocales, la multa del 30% en
- El recurrente, solicita a este Tribunal, casar u ordenar la modificación del Auto de Vista
- CONSIDERANDO II
- Con relación a la denuncia de violación del art
- Respecto a la indemnización y al desahucio, el DS 0110 de 1 de mayo de
- Llegando a la conclusión que la relación laboral de la demandante con la institución demandada
- Sobre la vacación, la entidad edil demandada al no haber ofrecido prueba alguna donde justifique
- En cuanto a la denuncia de que en el caso de autos no se habría
- Con relación al subsidio de frontera, derecho que la entidad demandada pretende desconocer por las
- En este entendido, al haberse evidenciado que la demandante trabajó como funcionaria dependiente del Gobierno
- Finalmente con relacion a la multa el art
- Con relacion a la multa si bien fue reclamado en presente recurso de casacion, se
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
