Auto Supremo AS/0418/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0418/2020

Fecha: 22-Jul-2020

Que, el Juez a quo, resolvió arbitrariamente la cancelación de la indemnización, por haber trabajado

Que, el Juez a quo, resolvió arbitrariamente la cancelación de la indemnización, por haber trabajado la demandante bajo la citada Ley 321, sin considerar que se trató de un contrato de prestación de servicios, empero la Sentencia emitida por dicha autoridad habla de una empresa, olvidando que la entidad demandada es una institución pública donde rigen contratos administrativos; respecto al desahucio, este no corresponde puesto que no existió un despedido intempestivo, aunque el Juez de la causa y el Tribunal ad quem, no valoraron que la relación laboral fue en base a un contrato administrativo el cual tenía una fecha de conclusión, por lo que considera que el Auto de Vista recurrido fue “…recontra ultrapuritista…” (sic), resolviendo en ambas instancias de manera benévola para la demandante, el pago de montos exorbitantes, pese a haberse entregado el Memorándum de agradecimiento