Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0427/2020
Fecha: 22-Jul-2020
I.2. Auto de Vista
I.2. Auto de Vista
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I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia
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Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido Tercera de Trabajo y Seguridad Social,
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I.2. Auto de Vista
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En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 96/2020 de 11 de febrero (fojas
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I.3 Motivos del recurso de casación
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Inicialmente desarrolló una relación de antecedentes del proceso, luego de lo cual manifestó
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Que, el tribunal de alzada, al emitir el auto de vista impugnado, sin mayor fundamento,
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I
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Que, lo manifestado precedentemente, se ratifica con lo señalado en las declaraciones testificales de fojas
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En su petitorio, solicitó a este Supremo Tribunal de Justicia, “…se tramite el recurso de
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II.1.1. Consideraciones previas
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Que así expuestos los argumentos del recurso de casación en el fondo de fojas 312
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Antes de ingresar a la consideración de los elementos del recurso, es importante precisar que
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Por otra parte, su petitorio es contradictorio, pues señala que recurre de nulidad o casación
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No obstante las deficiencias anotadas, en cumplimiento de lo que dispone el parágrafo I del
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II
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En relación con lo anterior, con total claridad, el auto de vista impugnado hizo referencia
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Que, el recurso es redundante en cuanto a la declaración testifical de fojas 228, para
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En consecuencia, el recurrente no demostró que el tribunal de alzada hubiera incurrido en error
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Sin embargo, en el auto de vista impugnado se determinó que lo señalado precedentemente no
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Por la relación descrita en el párrafo precedente, se establece claramente que no es evidente
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La abundante jurisprudencia nacional ha expresado de manera reiterada y uniforme, que la valoración y
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Por la fundamentación desarrollada en los numerales II
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Que, el memorial del recurso es contradictorio, pues el error de hecho y de derecho,
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Que, en el marco legal descrito, el tribunal de alzada no incurrió en trasgresión, violación
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POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Supremo Tribunal de
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Con costas
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Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
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