Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0431/2020
Fecha: 22-Jul-2020
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Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
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Tramitado el proceso social, la Jueza de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo,
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Interpuesto el recurso de apelación por la empresa demandada, la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa,
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Señala que el auto de vista no cuenta con la debida motivación en la resolución
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Aduce que el correcto sueldo promedio indemnizable que corresponde al trabajador es de Bs
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Petitorio
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CONSIDERANDO II
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Es ineludible que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber jurídico, consagrado constitucionalmente
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Consecuentemente, cuando un Juez o Tribunal omiten motivar una resolución, no sólo suprime una parte
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En ese orden de ideas, la motivación de las resoluciones judiciales se constituye en un
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De acuerdo a las consideraciones expuestas, contrastado el recurso de apelación, cursante de fs
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Por lo que, al no considerar analizar el mencionado agravio observado en la apelación de
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Al respecto, la SCP 0115/2014 de 10 de enero, determinó: “De forma coherente con la
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Conforme a las consideraciones efectuadas, corresponde la aplicación de la disposición contenida en el art
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
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Sin multa por ser excusable
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
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