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Por consiguiente, conforme la normativa y los alcances de la misma, en la jurisprudencia precedentemente referida, en el caso de autos procedió la conversión de contrato temporal o a plazo fijo a indefinido, en razón de que el actor sostuvo una relación laboral de más de dos contratos, por lo que los Vocales de la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa, Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, actuaron correctamente al reconocer el derecho al desahucio.
4.- En cuanto al subsidio de frontera, es preciso tener en cuenta, que forma parte de la categoría de los derechos laborales adquiridos, no llega a ser parte de los beneficios sociales, estos derechos se adquieren con la sola prestación de servicios dentro de una relación laboral con el transcurso del tiempo, como el sueldo, aguinaldo, bono de antigüedad, entre otros; y algún otro requisito especifico como para el caso del subsidio de frontera en el lugar donde se presta el trabajo
4.- En cuanto al subsidio de frontera, es preciso tener en cuenta, que forma parte de la categoría de los derechos laborales adquiridos, no llega a ser parte de los beneficios sociales, estos derechos se adquieren con la sola prestación de servicios dentro de una relación laboral con el transcurso del tiempo, como el sueldo, aguinaldo, bono de antigüedad, entre otros; y algún otro requisito especifico como para el caso del subsidio de frontera en el lugar donde se presta el trabajo
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Tramitado el proceso de pago de derechos laborales a demanda de Rigoberto del Aguila Paredes,
- Auto de Vista
- En conocimiento del Auto de Vista referido, el GAM de Cobija, por intermedio de sus
- Erróneamente se ordena el pago de subsidio de frontera, del año 2007 al 2009, inclusive
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- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, solicitó que, previa revisión e interpretación de
- De la revisión de los antecedentes se advierte que el actor no contestó el recurso
- Expuestos así los fundamentos del recurso de casación y analizado el mismo, se tienen las
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- Asimismo, con referencia a Ley N° 321 de 18 de diciembre de 2012, se tiene
- En base a lo ampliamente desarrollado en el punto II de los Fundamentos Jurídicos del
- Estando el trabajador, amparado por la Ley Nº 321 de 18 de diciembre de 2012
- Respecto al desahucio que fue determinado en el Auto de Vista recurrido, de igual forma
- Mecanismo de evasión que fue considerado por el legislador ordinario en la Ley N° 321,
- Además, el art
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- Ahora, esta normativa que otorga este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.-
