Auto Supremo AS/0377/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2020

Fecha: 03-Ago-2020

POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de

De toda la aprueba aportada por el actor, los de instancia reconocieron 3 años y 2 mes de trabajo, bajo la dependencia del GAM de Cobija por lo que los Vocales al amparo del art. 60 del DS Nº 21060, decidieron reconocer el derecho adquirido a favor del trabajador, realizando una correcta fundamentación acorde al sistema jurídico laboral, reconociendo un 5 % sobre un salario mínimo nacional.
En mérito a lo expuesto y encontrándose infundados los motivos traídos en casación por la entidad demandada, corresponde dar aplicación al art. 220-II del CPC-2013, por la disposición del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, mediante sus apoderados Mateo Cussi Chapi y Alex Jorge Sánchez Iraizos de fs. 66 a 67, contra el Auto de Vista N° 314/19 de 04 de noviembre de 2019, de fs. 94 a 98, emitido por la Sala Civil, Social, de Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando