Auto Supremo AS/0382/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0382/2020

Fecha: 03-Ago-2020

Sobre la continuidad en la prestación de la renta de viudez o viudedad.

Los arts. 1, 2 y 3 del CSS, disponen: "Art. 1°- El digo de seguridad social es un conjunto de normas que tiende a proteger la salud del capital humano del país, la continuidad de sus medios de subsistencia, la aplicación de medidas adecuadas para la rehabilitación de las personas inutilizadas y la concesión de los medios necesarios para el mejoramiento de las condiciones de vida del grupo familiar.

Art. 2o.- La aplicación de las normas de segundad social, se efectuará mediante este Código constituido por el Seguro Social Obligatorio, las Asignaciones Familiares y sus disposiciones especiales que tienen carácter obligatorio para todas las personase instituciones comprendidas en el campo de aplicación del presente Código.

Art. 3° El Seguro Social tiene por objeto proteger a los trabajadores y sus familiares en los casos siguientes: a) enfermedad; b) maternidad; c) riesgos profesionales; d) invalidez; e) vejez; y f) muerte¨ (Resaltadoadido).