Auto Supremo AS/0411/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2020

Fecha: 03-Ago-2020

Contra el referido Auto de Vista, el propietario del Taller Mecánico “El Polaco” Saturnino Félix

II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
Contra el referido Auto de Vista, el propietario del Taller Mecánico “El Polaco” Saturnino Félix Vásquez Farfán, por escrito de fs. 92 a 94, interpuso recurso de casación, conforme a lo siguiente:
Argumentó que mediante la confesión provocada del actor, se advirtió que no trabajó un mes a finales de septiembre del 2011, por lo que de conformidad con el art. 166 del Código Procesal de Trabajo (CPT) no requeriría más prueba, advirtiéndose la ruptura de la relación laboral y no como señalaría la Juez de primera instancia como uso de vacación, violando lo dispuesto por el art. 48 de la Constitución Política del Estado, desconociendo lo dispuesto por el art. 44 de la Ley General del Trabajo (LGT); aspecto similar, hubiera acontecido, cuando en noviembre de 2012 abandono su fuente laboral por el lapso de 45 días, no pudiendo computarse como vacación toda vez que le correspondería únicamente 15 días, evidenciándose que no existió un trabajo continuo y permanente, agravio por el cual se pidió al Tribunal de alzada revoque la Sentencia apelada sobre dicho punto, en mérito al art. 4 del DS N° 110, por el abandono de su trabajo