Auto Supremo AS/0411/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2020

Fecha: 03-Ago-2020

En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar

En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar de acuerdo a la disposición contenida en el art. 220-III-1-c) del CPC, en concordancia con el art. 106-I del mismo cuerpo legal, aplicable en la materia por expresa determinación del art. 252 del CPT