En el caso de autos, se establece que el 19 de marzo de 2020, la
IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
En el caso de autos, se establece que el 19 de marzo de 2020, la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado, interponiendo su recurso de casación el 29 de junio de 2020; es decir, dentro de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento de la exigencia temporal prevista por el Art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
En el caso de autos, se establece que el 19 de marzo de 2020, la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado, interponiendo su recurso de casación el 29 de junio de 2020; es decir, dentro de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento de la exigencia temporal prevista por el Art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
- Por memorial presentado el 29 de junio de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
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- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad se tiene que
- Señaló como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nos
- Segundo motivo de casación, el imputado manifiesta que el Auto de Vista generó una errónea
- Pese a que el recurrente no cita precedentes contradictorios, considerando la supuesta vulneración del derecho
- Tercer motivo de casación, el recurrente sostiene que el Auto de Vista, incurre en errónea
- Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
