Auto Supremo AS/0539/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0539/2020

Fecha: 20-Ago-2020

Añadieron que, las cartas y los finiquitos de liquidación presentados como prueba, demostraron que

Añadieron que, las cartas y los finiquitos de liquidación presentados como prueba, demostraron que a momento de la transferencia del Servicio Departamental de Caminos, fueron también transferidos todos los trabajadores, ingresando en el marco de la Ley Nº 1654 de 1995 y arts. 11 y 15 del DS Nº 24215 de 1996, siendo retirados los trabajadores en el mes de diciembre de 1998, cuando se estableció una nueva estructura orgánica en las prefecturas departamentales, siendo recontratados alguno de ellos bajo el denominativo de servidor público, dependientes del nuevo Servicio Prefectural de Caminos, situación que fue mantenida hasta el 1º de marzo de 2007, momento en el cual, con la promulgación de la Ley Nº 3613, los trabajadores vuelven a estar bajo la regulación de la Ley General del Trabajo y se vuelve a la anterior denominación de Servicio Departamental de Caminos